La mediación, como sistema alternativo de resolución de conflictos, ha ido cobrando una importancia creciente como instrumento complementario de la Administración de Justicia.

Entre las ventajas de la mediación podemos destacar su capacidad para dar soluciones prácticas, efectivas y rentables a determinados conflictos entre partes y ello la configura como una alternativa al proceso judicial o a la vía arbitral. En la mediación interviene un profesional neutral que facilita la resolución del conflicto por las propias partes, de una forma equitativa, permitiendo el mantenimiento de las relaciones subyacentes y conservando el control sobre el final del conflicto.

El modelo de mediación se basa en la voluntariedad y libre decisión de las partes y en la intervención de un mediador, del que se pretende una intervención activa orientada a la solución de la controversia por las propias partes.

El mediador es quien ayuda a encontrar una solución dialogada y voluntariamente querida por las partes. El mediador ha de tener una formación general que le permita desempeñar esa tarea. Puede aplicarse en el ámbito familiar, mercantil y bancario, escolar.

La mediación, es un instrumento eficaz para la resolución de controversias contribuyendo a concebir a los tribunales de justicia como un último remedio, en caso de que no sea posible componer la situación por la mera voluntad de las partes. La principal diferencia es que en la mediación las partes, mediante la labor negociadora del mediador, pactan el resultado, mientras que en los procedimientos judicial y arbitral hay una tercera persona que tiene que dictar una resolución en base a lo que dicen las leyes. Es un proceso mucho más económico que un procedimiento judicial, donde las partes intervinientes satisfacen los honorarios del servicio por mitad, dependiendo de la complejidad y duración de la mediación.