La reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2018 ha resuelto de manera muy novedosa la problemática existente sobre el uso del domicilio familiar tras la separación de los cónyuges y la consiguiente adjudicación de la vivienda en favor de los hijos y por ende, al progenitor custodio en los casos en que éste último rehace su vida y comienza a convivir en dicha vivienda familiar con una tercera persona.

Nuestro Alto Tribunal en dicha sentencia ha limitado este uso considerando que tras la entrada de un tercero en el domicilio con estable y prolongada convivencia en el mismo hace perder la condición de «vivienda familiar» y en este caso concreto que analizaba la sentencia a la que nos referimos, conmina a los progenitores a vender la casa o a que una de las partes compre la mitad del otro; ya que considera que el domicilio familiar ha perdido en este caso su naturaleza original por “servir en su uso a una familia distinta y diferente”.

Así pues, esta Sentencia abre nuevos matices a tener en cuenta para estos casos, de forma que ya no se da por sentado lo que hasta ahora era habitual: que el progenitor custodio de los menores pudiera mantenerse en la vivienda hasta que los hijos abandonaran el domicilio o llegaran a la mayoría de edad. A partir de ahora, el Supremo va más allá realizando una apertura a nuevas posibilidades, priorizando como siempre el interés de los menores pero conjugando e intentando compatibilizar en mayor medida el interés de ambos progenitores, poniendo ya freno a situaciones que estaban provocando en algunos casos, situaciones injustas y abusos de derecho de uso de la vivienda familiar, bajo el amplio paraguas de la protección del menor.

Si bien esto no significa que el uso de la vivienda vaya a limitarse de forma sistemática y automática en todos los casos, como siempre, habrá de estar a la específica individualización de cada caso concreto. Por ello, desde Conrazón recomendamos que si tiene dudas sobre su situación con respecto al uso de la vivienda familiar, situación de los hijos etcétera consulte sin compromiso con nuestros abogados expertos en Derecho de Familia.